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La Sra. María Eladia Cáceres tiene 72 años, con mucho esfuerzo construyó una casa en La Pastora y decidió alquilarla para tener ingresos adicionales. Su inquilino desde hace 11 años se niega a pagar el alquiler, razón por la cual inició las gestiones para desalojarlo. En octubre de 2010 logró sentencia definitiva a su favor. Sin embargo la sentencia de desalojo quedó en una especie de limbo, ya que en enero de 2011, por decreto presidencial, se paralizaron todos los desalojos y se creó la Superintendencia Nacional de Arrendamiento de Vivienda (SUNAVI). La causa se reanudó en abril del 2014. Es necesario recordar que de acuerdo a la actual legislación, para que un desalojo se concrete el SUNAVI debe ubicar un refugio para trasladar al inquilino.

En el caso de la Sra. Cáceres el 27 de junio de 2014 fue la primera, de cinco veces que fue aprobado el desalojo. En el año 2015 en los meses de enero, mayo y septiembre por diversas razones no se concretó la medida. Así como también ocurrió en abril de 2016. Los motivos para no concretar fueron variados y muy convenientes para los intereses del inquilino, entre ellos se puede mencionar que el inquilino no se dio por notificado, los tribunales no se trasladaron,  a pesar de que el refugio había sido asignado, el SUNAVI decide paralizar la medida porque debe ratificar si el refugio está disponible o no para la reubicación. De esta forma han pasado los años y la Sra. María Eladia sigue sin tener respuesta, ha sido testigo del paso de tres superintendentes de SUNAVI. Con cada nuevo superintendente se ha entrevistado y todos argumentan que la demora se debe a que «encontraron un desastre al inicio de su gestión», razón por la cual la mayoría de los funcionarios del ente son removidos, lo que supone la consiguiente paralización de todas las causa abiertas.

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